Posteado por: X | 25 May, 2011

FÓRMULA ELECTORAL

¿QUÉ CAMBIAR?

 

Ley electoral

Hablar de la necesaria reforma de la Ley electoral (LOREG 5/1985) va a ocupar unos cuantos posts, ya que es una ley que cuenta con graves defectos. Por ahora, vamos a centrarnos en examinar la fórmula electoral española, es decir, el sistema que se usa para convertir los votos que se dirigen a un partido en escaños que ese partido tendrá en el Congreso de los Diputados.

Esta fórmula electoral se llama Ley D´Hont y data del siglo XIX. En este post vamos a comentar dos de los principales problemas que genera y que suponen uno de los mayores vicios de nuestro sistema representativo (y, por tanto, de nuestra democracia). Así, esta fórmula genera:

  • la sobrerrepresentación de algunas provincias
  • y el excesivo peso de los partidos nacionalistas en el Congreso

 

Sobrerrepresentación

Esto hace referencia a  esa frase que todos, en uno y otro momento, hemos acabado escuchando y que dice: «el voto de los ciudadanos de la provincia X vale más que el voto de los de la provincia Y«. Pues bien, eso es efectivamente cierto.

El motivo por el que, aritméticamente, el voto de los ciudadanos de Soria o Segovia -por ejemplo- vale más que el de los de Asturias o Murcia, reside en la asignación automática de escaños que realiza la LOREG. Vamos a entrar un poco en la ley para entenderlo, pero de la manera más clara posible:

La LOREG establece que el Congreso tendrá 350 diputados, número fijo a diferencia del Senado. Para asignarlos señala que se van a repartir automáticamente 2 por provincia (es decir, se repartirán 102 escaños automáticamente) y los restantes (248) se repartirán en proporción a la población.

El problema reside en ese mínimo inicial de 2.

Si no se realizara esa asignación (que lo que busca, ojo, es teóricamente bueno: que todas las provincias, por muy poca población que tengan, estén representadas en el Congreso), habría provincias pequeñas, con 100.000 habitantes por ejemplo, que tendrían 1 diputado o incluso 0,5 (si dividiéramos los 350 diputados entre la población total de España -por ejemplo: 0’002 diputados por votante- y fuéramos repartiendo a cada provincia en función de su población)

De este modo, tras esa asignación automática, dentro de las provincias que finalmente tendrán «2 diputados»  encontramos:

    • por un lado, las que tienen muy poca población y a las que «se les ha hinchado el número» para que estén representadas en el Congreso (provincias que reciben los diputados «de hecho»)
    • por otro, las provincias que, por proporción poblacional, sí merecen esos 2 diputados (y que los reciben «por derecho»)

La sobrerrepresentación reside en que el voto de las personas que viven en la provincia que reciben los diputados por derecho vale, por tanto, MENOS que el voto de los ciudadanos que lo reciben de hecho.

Por ejemplo: Soria recibe 2 diputados cuando sólo debería tener 0’5, y Asturias recibe 2 diputados porque por población sí le corresponde (por ejemplo). Eso perjudica a los ciudadnos de Asturias, porque debido a esa fórmula, su voto acaba «valiendo», por así decirlo, menos que el los ciudadanos de Ceuta o Soria.

La gran crítica que se suele hacer con respecto a este aspecto de a LOREG es que hace que el Congreso, que es la «Cámara de representación de la población», no cumpla esa función de representar a la población.

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 Excesivo peso de los partidos nacionalistas en el Congreso

¿Por qué si CIU obtiene 1 millón y medio de votos se le asignan 11 diputados y si IU recibe ese mismo millón y medio de votos  sólo recibe 3?

La culpa es de la ley D´Hont. Esta fórmula se basa en una sistema de asignación proporcional de escaños, que lo que busca, como hemos visto, es el objetivo teóricamente bueno de  garantizar la representación de las minorías territoriales. El problema es que, para lograr este objetivo, la ley D´Hont «premia» la concentración de votos. De este modo, termina favoreciendo a los partidos nacionalistas, en detrimento de las formaciones pequeñas.

¿ Por qué?

Porque los votos que reciben los partidos nacionalistas están «concentrados» en su provincia (pocas personas votan a Coalición Canaria fuera de Canarias), mientras que partidos como UPyD o IU, que puede que reciban un número de votos similar al de los nacionalistas, obtienen sus votos de todo el territorio nacional, y eso hace que se «difuminen», por así decirlo.

La manera de entender esto completamente es con un ejemplo numérico. La LOREG pone uno dentro de su articulado que explica cómo se reparten los escaños. Como no sabría cómo explicarlo aquí, sin tablas ni dibujitos, os copio un enlace a una presentación interactiva de El Mundo donde explican ese mismo ejemplo de manera bastante clara.

http://www.elmundo.es/especiales/2004/03/espana/14m/diccionario/dhont.html

También, para haceros una idea de qué provincias salen mejor paradas en el reparto automático que he expliacado antes, aquí tenéis las gráficas de población. Las provincias de menos población salen beneficiadas sobre las de población media. A las grandes no les afecta este perjuicio ya que suman muchos más de los 2 diputados automáticos.

http://es.wikipedia.org/wiki/Anexo:Provincias_de_Espa%C3%B1a_por_poblaci%C3%B3n

 

En el próximo post veremos algunas de las propuestas que se han hecho para solucionar estos problemas. Algunas de ellas podrían ser efectivas, así que es bueno conocerlas para poder presionar para que se hagan.

Ya sabes, si te ha servido de algo esta información: ¡difúndela! Cuanto más sepamos y cuántos más seamos, más fuertes seremos.

Posteado por: X | 22 May, 2011

SUELDOS VITALICIOS

¿QUÉ CAMBIAR?

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 Sueldos vitalicios de políticos, ¿cuáles y cuánto?

Actualmente, existen pocos cargos con sueldos vitalicios en nuestro sistema: sólo se dan en el caso de ex Presidentes (bien de las CCAA, bien del Estado).

Eso no significa que éste no sea un punto a reformar, todo lo contrario: existen, aunque no sean generalizados, y deberían eliminarse sobre la base de que ningún cargo temporal debe dar beneficios eternos.

 

En el caso del Estado

El sueldo vitalicio se da a los ex Presidentes del Gobierno, pero no por ser ex Presidentes, sino porque por el hecho de que por haber ejercido ese cargo, tienen derecho a ser “consejeros natos del Consejo de Estado” de manera vitalicia, recibiendo el correspondiente sueldo (unos 75.000 euros al año).

Ellos deben “activar” esta opción, solicitando al Presidente del Consejo de Estado su entrada activa, y pueden “desactivarla” si así lo desean (Aznar lo desactivó en el año 2006).

 

En el caso de las CCAA, esta opción varía de unas a otras.

Algunas han optado por dar a sus ex Presidentes un sueldo vitalicio y otras no. Por eso es bueno estar informado, para exigirle a tu Comunidad que lo elimine, en caso de que lo haya decidido (sin consentimiento popular alguno).

 Las que han elegido dar sueldos vitalicios son: Cataluña, País Vasco y Andalucía.

 

Cataluña ha decidido que sus ex presidentes (como Pasqual Maragall) cobren:

  • Durante un mínimo de 4 años y un máximo de la mitad de su mandato: el 80% de su sueldo de cuando fueron Presidentes
  • Además, al cumplir los 65 años tienen derecho a una pensión vitalicia igual al 60% del salario (su salario hoy es de aproximadamente 93.448 euros al año, calcula).

 

País Vasco:

  • En 1999 aprobó un Decreto para regular la situación de los ex Lehendakaris. Las personas que hayan ostentado este cargo tienen derecho a una pensión vitalicia equivalente al 50% del que era su sueldo. El lehendakari Ibarretxe cobra 45.000 euros anuales. Tiene secretaria y chófer de por vida.

 

Andalucía  ha decidido:

  • Que los ex presidentes entren a formar parte del Consejo Consultivo de Andalucía, aunque no cobran un sueldo por ello (éste es un órgano análogo al Consejo de Estado pero en el ámbito de la Comunidad)
  • Pero que cuando llegan a los 65 años, adquieran el derecho a una pensión vitalícia del 60% de su sueldo de Presidente (Manuel Chaves, por ejemplo, cobrará una pensión vitalicia de 46.000 euros al año).

 

Altos sueldos no vitalícios

  • En la Comunidad Valenciana, los ex Presidentes pasan a formar parte del Consejo Consultivo valenciano cuando cesan, y cobran 77.000 euros al año durante 15 años
  • En Castilla y León, los ex Presidentes también pasan al Consejo Consultivo, pero tienen restricciones de tiempo: mínimo de 2 años y máximo de la mitad de su mandato. Durante ese tiempo cobrarán al año 78.000 euros brutos.

 

Anexo

Del Consejo de Estado se hablará en otro artículo, pero su caso resulta interesante: está compuesto por diferentes tipos de consejeros que lo son, automáticamente, por haber ocupado cargos importantes (como el de magistrados del Tribunal Constitucional, Presidentes de las Reales Academias, etc).

El tipo de cargo y, por tanto, el sueldo, varían. Pero en todo caso, hablamos de multitud de cargos para una única función: asesorar y emitir informes, sobre todo para el Gobierno, que en su mayoría no son vinculantes.

Y lo más importante: los informes los elaboran, no los consejeros, sino el Cuerpo de Letrados (al que se entra por oposición, y al que se le exige un alto nivel de conocimientos). Éstos son los sueldos que realmente están justificados. No los de los múltiples tipos de consejeros.

 

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Posteado por: X | 22 May, 2011

EL PROBLEMA DEL SENADO

¿QUÉ CAMBIAR?

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La reforma del Senado

El problema del Senado es que es una Cámara de representación “territorial” (el Congreso es una Cámara de representación popular), pero NO está cumpliendo esta función. Nunca lo ha hecho, y parece que, a este paso, nunca lo hará.

Si a eso le sumamos que el Senado cuenta con 264 senadores (aunque éste es un número que va cambiando en función de la población, a diferencia del Congreso que posee un número fijo de diputados), es decir, genera 264 sueldos, el problema se agrava.

Su importancia, a pesar de lo que debiera ocurrir, es ínfima: su aportación es muy poco útil y depende, en casi todo momento, del Congreso. Como mucho, su mayor aporte es el de poder oponer un veto a una ley que se esté tramitando en el Congreso, pero este veto puede eliminarse por el propio Congreso a través de una votación, de manera que la ley puede finalmente entrar en vigor sin mucha dificultad. Es, por tanto, una institución frágil, débil y casi invisible.

Casi desde la aprobación de su reglamento en 1994 –e incluso desde la misma aprobación de la Constitución-, se viene hablando de reformar el Senado, pero nadie lo ha hecho hasta el momento ni parece dispuesto a hacerlo en un futuro próximo.

Una profunda y eficaz reforma del Senado requeriría (aquí es donde surge la polémica) reformar la Constitución, y como veremos, nuestra Constitución es muy rígida y existe un temor enorme hacia cualquier variación, por un miedo incomprensible a abrir una supuesta “caja de pandora”.

Zapatero, al inicio de su anterior legislatura, dijo que acometería esta ansiada modificación (aunque la anunció como “reforma parcial”), e hizo una consulta en 2006 al Consejo de Estado (otra institución que requeriría una reforma a fondo, como veremos), pero ninguna de las dos opciones de reforma que plantea el Consejo es útil para lograr la finalidad que se pretende: convertir el Senado en lo que es, una Cámara de representación territorial.

Resultado: el Senado sigue igual, y la reforma sigue siendo necesaria. De no practicarla, la única alternativa parece su eliminación, que ahorraría mucho dinero al Estado y esclarecería un poco el panorama institucional (que permanezcan las instituciones que verdaderamente cumplen su misión).

 

(Si a alguien le interesa información en más profundidad, puede solicitarla por el email de contacto o a través de los comentarios. Si hay varios intersados, se le dedicará un artículo más detallado, donde también se podría hablar del informe del Consejo de Estado. La brevedad de los artículos que aquí se exponen pretende no «atorar» al lector y lograr un ritmo ágil de publicación)

Posteado por: X | 22 May, 2011

PRESENTACIÓN

1ª fase INFORMAR

 

¿Qué buscamos? UN CAMBIO EN EL SISTEMA

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Nuestro sistema adolece de grandes fallos, y hay problemas que llevamos años queriendo corregir y que hoy podemos ver escritos en muchas de las pancartas que iluminan la plaza de Sol: reformar el Senado, acabar con los sueldos vitalíceos de los políticos, crear un referéndum popular como en Islandia…

Y otras tantas que podríamos añadir como: reducir el excesivo peso de los partidos nacionalistas en el Congreso, acabar con la infrarrepresentación de algunas provincias, crear listas abiertas en las votaciones, acabar con la falta de transparencia en los sueldos de altos cargos, activar la posibilidad del plebiscito, eliminar cargos innecesarios, reformar el Consejo de Estado, etc.

Lo que he podido ver en la plaza de Sol es que hay muchas propuestas pero poca información de base. Y esto no es una crítica, es una afirmación que motiva el fin prioritario de este blog: cubrir algunas de las carencias informativas que puedan existir, para que las propuestas que se hagan sean entendidas por todos.

Algunos de esos mensajes contienen propuestas concretas de cambio que incluyen modificaciones de leyes y reformas de instituciones. Y eso está muy bien. Eso es lo deseable: que la gente sepa qué quiere cambiar, qué no le parece bien, qué hay que luchar por corregir; y lo diga.

Pero el problema es que, aunque algunas personas puedan conocer estas propuestas, no todos los ciudadanos saben qué implican. Aunque algunos puedan gritar «reférendum popular como en Islandia», hay muchos otros que se preguntan qué es eso, qué implica y por qué lo necesitamos.

En este blog se irán incluyendo artículos acerca de estos puntos defectuosos del sistema y de otros que no se hayan incluído, pero que llevan años rondando los foros legales y políticos.

La extensión será breve y de vocabulario sencillo, pero si cualquier persona está interesada en conocer más información de alguno de los puntos tratados, o desea que se profundice en alguno que no se haya tenido en cuenta, que deje constancia de ello en los comentarios del blog o en el email de contacto.

De este modo, o bien se colgará un artículo al respecto (en caso de ser un tema que interese a varias personas), o bien se le enviará la documentación necesaria para aclarar sus dudas.

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